Preguntas frecuentes

Las dudas más comunes de nuestros clientes

El autoconsumo de energía eléctrica se define como la capacidad para auto producir electricidad para el consumo propio.
En el caso del autoconsumo fotovoltaico, esa energía se produce a través de la instalación de paneles solares que captan la luz solar y la transforman en electricidad.

Sí, a día de hoy es totalmente legal y económicamente viable la instalación de paneles solares en tu vivienda unifamiliar destinados a la generación de energía eléctrica para el autoconsumo.
La entrada en vigor del Real Decreto-Ley 15/2018, publicado en el BOE el 5 de octubre de 2018, supuso la eliminación del famoso “impuesto al sol”, facilitando a los particulares contar con su propia fuente de energía solar en casa.
Desde entonces, se han agilizado todos los trámites administrativos, lo que se ha traducido en un crecimiento paulatino de la instalación de paneles solares en residencias particulares y también a nivel colectivo.

Instalar paneles solares en una vivienda o en un negocio es totalmente rentable.
Es erróneo pensar que la instalación de paneles solares para el autoconsumo te generará en todo caso el 100% de energía eléctrica que necesitas, permitiéndote desvincularte de la compañía de la luz de forma absoluta.
Sin embargo, sí es cierto que el ahorro en el coste de la factura de la luz es muy importante, por lo que la amortización de la inversión está asegurada.

El coste de una instalación solar varía mucho en función de las características de esta y de los componentes y materiales que se utilicen.

  • Tecnología y calidad de los materiales. Una instalación solar tiene 2 componentes fundamentales, los paneles y el inversor, que es el elemento que se encarga de transformar la energía producida por los paneles por energía útil para su consumo. Existen infinidad de marcas de paneles solares e inversores. A mayor calidad de los materiales, mayor será el coste total de la instalación, pero también será mayor su estabilidad y garantía a largo plazo.
  • Tamaño de la instalación. En el caso de las instalaciones solares para el autoconsumo, el tamaño sí importa. A mayor tamaño, mayor será el coste final de la cubierta solar.

Todos los países de la Unión Europea se rigen por una serie de objetivos medioambientales a largo plazo que están obligados a cumplir.
Con esta finalidad, las administraciones públicas de los estados miembro ponen a disposición de los consumidores distintos tipos de ayudas y subvenciones públicas para poner placas solares.
En España las ayudas que existen suelen ser de dos tipos:

  • Ayudas directas: que permiten al consumidor ahorrarse un determinado porcentaje del precio total de la instalación. Se otorgan a nivel comunitario, siendo la Administración competente la que determina la cuantía y los requisitos.
  • Ayudas sobre impuestos: permiten al consumidor beneficiarse de descuentos en algunos impuestos como el IBI o el ICIO y suelen ser ayudas otorgadas a nivel municipal.

Por tanto, si se está interesado en realizar una instalación solar es importante consultar previamente tanto las ayudas existentes a nivel municipal como a nivel regional.
En SolarGasYT asesoramos a nuestros clientes sobre este tipo de ayudas, informándoles de cuáles existen y cómo pueden beneficiarse de las mismas en su localidad.

Por norma general, la instalación de paneles solares se acoge al 21% de IVA, pero existen casos concretos en los que puede aplicarse un tipo de impuesto más reducido.
En los casos de reformas, entre los que se encuentra la reforma energética, puede aplicarse el tipo reducido de IVA (10%). Un porcentaje que puede darse cuando las obras se produzcan en edficios destinados a vivienda y bajo el cumplimiento de algunas condiciones:

  • La factura estará a nombre de una persona física, en ningún caso podrá estar a nombre de una sociedad o empresa.
  • Deberán haber transcurrido al menos dos años de la construcción de la vivienda, o desde la última rehabilitación ejecutada. La reforma debe ser general, incluyendo la instalación fotovoltaica.
  • Los materiales no podrán superar en ningún caso el 40% del total de la base imponible que se refleje en la factura.

Existe otro supuesto en el que puede aplicarse el 10% de IVA. Se trata de la entrega de edificaciones nuevas destinadas a vivienda. Este caso se daría una vez se recepciona dicha vivienda del promotor o cuando se recibe el certificado de fin de obra, en el caso de una autopromoción.

El impuesto al sol (también conocido como “peaje de respaldo”) es un impuesto al autoconsumo que se introdujo en el año 2015 y quedó derogado en el 2018.
El objetivo de este impuesto era el de cobrar un gravamen a los usuarios que autogeneraran su propia energía solar a través de una instalación fotovoltaica.
Durante el tiempo que permaneció en vigor generó una gran controversia, ya que era un impedimento a la hora de invertir en ese tipo de energía.

Tanto a nivel industrial como residencial es posible vender el excedente de energía que genera la cubierta solar y que no se consume.
El propietario de la instalación puede vender a precio de mercado el sobrante que inyecta a la red.
Otra opción en lugar de vender ese excedente de energía es compensarlo.
La compensación supone que la compañía eléctrica resta de tu factura el excedente de energía que se haya vertido a la red.
Aprende mucho más sobre qué son los excedentes de energía y cómo aprovecharlos.

Tienes más preguntas
CONTÁCTANOS

Sobre SolarGasYT

Aquí podrás encontrar información sobre instalación y mantenimiento de proyectos fotovoltaicos para autoconsumo en el hogar, empresa , comunidad de vecinos y huertas solares. Así como, instalación, inspección y mantenimiento de redes comunes y redes individuales de gas natural.
Esta web utiliza cookies propias para su correcto funcionamiento. Contiene enlaces a sitios web de terceros con políticas de privacidad ajenas que podrás aceptar o no cuando accedas a ellos. Al hacer clic en el botón Aceptar, acepta el uso de estas tecnologías y el procesamiento de tus datos para estos propósitos.
Privacidad